Quienes consideren haber sido objeto de un trato no digno, en los términos de esa ley, pueden asentar su reclamo en Libro de Quejas del local o empresa y denunciar al mismo tiempo el presunto hecho.
La Dirección de Defensa del Consumidor insta a los proveedores de bienes y prestadores de servicios que destinan sus productos a consumidores finales a que promuevan desde su local comercial o empresa el trato igualitario para todas las personas, sin importar su género y evitando una conducta diferencial.
Para ello, Defensa del Consumidor sugiere tener en cuenta lo siguiente:
- Evitar asociar determinados productos o servicios con un género determinado, sobre todo si dichos productos están dirigidos a menores de edad. Por ejemplo, al dividir los juguetes para niñas y para niños, vinculando los primeros al quehacer doméstico, cuidado de personas o estereotipos de belleza, y los segundos, a la fuerza, el deporte y el intelecto.
- Impulsar el mismo trato para todas las personas cuando se provea información sobre las características de un producto o servicio.
- No aplicar diferencias de precios para elementos destinados a la higiene femenina o para servicios que podrían ser usados por distintas personas independientemente de su género.
Es importante recordar que existe legislación en la materia: la Ley nacional 24240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 8 bis establece:
Trato digno. Prácticas abusivas. Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias (…)”.
Quienes consideren haber sido objeto de un trato no digno, en los términos de esa ley, pueden asentar su reclamo en Libro de Quejas del local o empresa, y denunciar al mismo tiempo el presunto hecho.
Consultas y denuncias
- 148 opción 5 (en días hábiles y horario de 8 a 15).
- [email protected]
- 148 Mendoza (aplicación Android).
Fuente: Prensa Mendoza